La Transición, con toda su complejidad, nos condujo al sistema constitucional actual. El Poder Judicial, según criterio de muchos, no ha sido objeto de una auténtica democratización. Es de lamentar que demasiados jueces “progresistas” se han dedicado más a cultivar sus propias carreras que a la tan necesaria reforma democrática de la justicia española. Aunque hay que reconocer que no se trataba de una tarea fácil, como igualmente ha sucedido en otras instituciones públicas o privadas. El Poder Judicial, a veces, parece empeñado en dar las razones a los autores de tales reproches. Los ejemplos abundan, como su posición reticente, con todo lo relacionado con la ley de la Memoria Histórica. Lo expuesto es de Ángel García Fontanet, que fue magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y de 15 de julio de 2019.
En la misma línea se expresa Paloma Aguilar catedrática de Ciencia Política:” Teniendo en cuenta que ninguno de los muchos miles de asesinatos de los franquistas se ha investigado judicialmente, y a falta de una comisión de la verdad que los haya esclarecido, los jueces deberían investigar cuando se localizan restos que presentan signos inequívocos de violencia en una fosa. No para castigar, sino para avanzar en el conocimiento del pasado y reparar a las víctimas. Los jueces no acuden a las fosas comunes y si lo hacen excepcionalmente. El papel de la justicia merece una reflexión. Todavía hoy, si vas a la web del Supremo, cuando habla de su propia historia, salta de 1931 a 1978, como si no hubiera existido durante la guerra y la dictadura”.
Llamemos las cosas por su nombre, el franquismo ha dejado huella profunda en las principales instituciones del Estado. Monarquía, Poder Judicial, ejército, y, por supuesto, en la Iglesia católica igualmente, si tenemos en cuenta sus reticencias a todo lo relacionado con la Memoria Histórica, plasmada en las dificultades para quitar de los atrios de sus iglesias las lápidas de “Caídos por Dios y por España”. Y ya no digamos en determinados partidos políticos. Y por supuesto, en amplios sectores de nuestra sociedad. Mas, hoy hablamos del Poder Judicial.
En marzo de este mismo año tal como lo describe Público seguimos igual. El Tribunal Supremo ha vuelto a dar con la puerta en las narices a las víctimas del franquismo. Una reciente sentencia del alto tribunal cierra definitivamente la causa judicial abierta en 2016 en el juzgado de Almazán (Soria) por la conocida como «fosa de los maestros», donde aparecieron los cuerpos de seis personas que, presumiblemente, fueron asesinados en 1936 por fuerzas franquistas. La causa había llegado hasta el Supremo gracias al recurso presentado por la Asociación Recuerdo y Dignidad que alegaba la vulneración del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva. La sentencia del Supremo señala que los hechos denunciados ya estarían prescritos «con creces» y que, por lo tanto, no procede abrir un juicio a sabiendas de que «no es posible que el proceso concluya con la declaración de culpabilidad de una persona, al concurrir una causa de extinción de la responsabilidad penal, muerte, prescripción o amnistía».
En relación a la exhumación del dictador Franco en 2019, los magistrados del Tribunal Supremo argumentaron para paralizarla que «el hecho de que fuera jefe del Estado desde el 1 de octubre de 1936 [tres meses después del inicio de la Guerra Civil] hasta su fallecimiento el 20 de noviembre de 1975, atribuye a toda la controversia unos rasgos especiales que no se pueden ignorar y que permiten atribuir un perjuicio irreversible, a la ejecución de la decisión del Consejo de Ministros de exhumar sus restos si esta, después, fuere considerada contraria a Derecho». Cinco magistrados de la sección cuarta del Tribunal Supremo decidieron «por unanimidad». Por unanimidad. No tienen dudas. Reconocer de una manera explícita a Franco como Jefe de Estado, supone obviar el golpe militar del 18 de julio. Para estos egregios juristas, la flor y nata de la judicatura española: ¿Dónde han estudiado Historia? ¿En qué manuales? ¿Acaso algún manual de Ricardo de la Cierva? ¿Azaña el 1 de octubre de 1936 ya no era Jefe de Estado? ¿O había dos Jefaturas de Estado? De verdad, que no lo tengo claro. Evidentemente que el reconocimiento de Franco como Jefe del Estado, supone comulgar con la historiográfica franquista. Esto es obvio. Pero no quiero meterme en discusiones historiográficas.
Están claras las reticencias del Poder Judicial a la hora de implicarse en todo lo relacionado con la Memoria Histórica. Las palabras de Paloma Aguilar son muy explícitas. Pero quiero fijarme en cómo a la hora de emitir sentencias la mayoría de los jueces o fiscales muestran su ideología conservadora, e incluso reaccionaria. Veamos ejemplos muy contundentes.
La Fiscalía Provincial de Madrid archivó el pasado marzo las diligencias de investigación abiertas por el caso del chat en el que se pedía “fusilar a 26 millones de hijos de puta”. El fiscal considera que las opiniones que allí se vertieron pertenecen a un ámbito “privado” en el que se participaba “con libertad” y “en la confianza de estar entre amigos”, por lo que no existía voluntad alguna de publicitarlas fuera de ese lugar. “No concurren elementos que permitan inferir que el chat fue creado al objeto de promover, fomentar o incitar al odio, hostilidad o violencia hacia un colectivo de los expresamente contemplados como grupo”, argumenta la Fiscalía. Asimismo, considera que algunos de los comentarios son una crítica “dura” enmarcada en el derecho a la libertad de expresión y de opinión, “constituidas como garantías institucionales para el debate público y que posibilita la formación de una opinión pública libre”. Nada el chat es todo un paradigma del amor fraterno. Alucinante. ¿En qué mundo viven todos estos egregios magistrados?
La Justicia decidió no investigar a la dirigente de Vox Rocío Monasterio por las supuestas irregularidades que la Fiscalía había visto en sus trabajos como arquitecta. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ante el que Monasterio está aforada como diputada autonómica, ha inadmitido a trámite la querella presentada contra ella por el Ministerio Público «al no reunir los hechos relatados los caracteres del delito de falsedad documental atribuido a la querellada». La Fiscalía sostenía en su querella que en dos ocasiones Monasterio había incluido en los planos que presentó ante el Ayuntamiento de Madrid para la obtención de una licencia de obras una fotocopia en blanco y negro del sello visado del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid de un primer proyecto en ese mismo inmueble del año 2005, en vez de los preceptivos sellos visados que requiere cada nuevo proyecto. Y que lo había hecho «con la intención de darle a los planos la apariencia de estar debidamente visados, una utilización fraudulenta». Eso constituía, según la Fiscalía, un delito de falsedad en documento público. Sin embargo, los magistrados de la Sala Civil y Penal del TSJ discrepan del criterio de la Fiscalía. Indican que para que exista falsedad material «es requisito nuclear que la alteración de la verdad tenga un mínimo considerable de apariencia, una entidad suficiente que sea capaz de inducir a error». Según el tribunal, en este caso nos encontramos ante una falsedad «burda o grosera, que precisamente por ello priva al soporte material de toda posibilidad de producir un efecto jurídico». Surrealista. Impresionante. Alucinante. Hace falta tener cuajo.
En el caso del cartel xenófobo de VOX en la campaña electoral de Madrid del 4-M, la Audiencia Provincial de Madrid argumentó que los menores extranjeros no acompañados (que se conocen como menas) «representan un evidente problema social y político», «independientemente de si las cifras que ofrecen son veraces o no». Hay que tener en cuenta que el cartel comparaba lo que Vox aseguraba que se destinaba a un mena cada mes con lo que se destinaba a una pensión baja. Una cifra, en caso de los menores, que en ningún caso era cierta. Pero la justicia ya rechazó en su momento retirar cautelarmente el cartel y ahora responde a los recursos planteados tanto por la Fiscalía como por el PSOE. El argumento es que pasa por delante la libertad de expresión: los jueces consideran que la publicidad del partido es un «eslogan electoral» y no se puede considerar que represente unas «ideas a prohibir» mientras se admiten otras ideas «tan criticables o más que estas». Nada. Otro ejemplo de amor fraterno. ¡Dios mío! ¡En qué manos estamos! Dan miedo estos jueces.
Más ejemplos de la actuación de nuestros jueces. El Juzgado de los Contencioso Administrativo de Zaragoza ordenó recientemente al Ayuntamiento de Zaragoza retirar la pancarta LGTBI que había sido colocada en el balcón del edificio, tras estimar la medida cautelarísima interpuesta por la Asociación de Abogados Cristianos contra la iniciativa municipal. ¡Vaya Asociación esta! ¿Quién está detrás de ella? Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), el magistrado Luis Carlos Martin Osante fundamentó su decisión en una sentencia dictada por el Supremo de mayo de 2020 que considera incompatible con el marco constitucional y legal la utilización de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos. ¡Vaya respeto por la diversidad de género! Luis Carlos Martín Osante ya en 2010 desestimó el recurso interpuesto por el Movimiento hacia un Estado Laico (MHUEL) contra la decisión del alcalde de la ciudad, el socialista Juan Alberto Belloch, de mantener en su sitio el crucifijo del salón de plenos del Ayuntamiento con el argumento, entre otros, que tenía un gran valor histórico. Vaya respeto por la aconfesionalidad del Estado.
El confinamiento de la población decretado por Pedro Sánchez en marzo de 2020 fue adoptado al margen de la Constitución. Esa es la conclusión fundamental de la sentencia adoptada este martes día 13 de julio por el Tribunal Constitucional, en respuesta a la petición de Vox que pretendía una censura total a la principal herramienta aplicada por el Gobierno de Pedro Sánchez para el control de la pandemia en España. Me siento profundamente perplejo por la tardanza en el pronunciamiento (algo habitual en el Constitucional, por cierto). ¿Hemos estado durante todos los meses del estado de alarma en terreno jurídico alegal o ilegal? Ignoro en qué mundo viven algunos ilustres y conspicuos magistrados, de ponerse en contra de esta decisión del Gobierno, que de un día para otro tuvo que hacer frente a una situación inédita y ordenó el confinamiento para salvar cientos de miles de vidas. Resulta harto difícil de entender. El Gobierno tuvo que tomar una decisión excepcional rápidamente, que fue aprobada por la práctica totalidad del Congreso, incluso Vox, que presentó el recurso. Cualquier ciudadano normal tiene que hacerse una pregunta: ¿por qué nuestra justicia es tan receptiva y magnánima hacia determinadas fuerzas políticas, como VOX y el PP y tan intransigente hacia otras, especialmente Unidas Podemos? ¿No somos todos iguales ante la ley?
Por último, quiero señalar que con “otra” justicia el problema territorial de Cataluña no hubiera llegado a la situación actual tan grave e imprevisible. Empezando por la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña en 2010 y, por supuesto, por la actuación del Tribunal Supremo y la Fiscalía en el juicio del Procés, que desembocó en una sentencia muy dura. No hay que olvidar el aforismo latino “Summum ius, summa iniuria”.
En este último asunto del Procés también hay que añadir, al carácter profundamente conservador, cuando no reaccionario de nuestra justicia, ya comentado, el centralismo de las principales instituciones del Poder Judicial: Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo y Audiencia Nacional. Esa ubicación de la Justicia condiciona su visión sobre el problema de la vertebración territorial. A tal efecto, resultan muy pertinentes las palabras de Xavier Domènech sobre el proceso de elaboración de la Constitución de 1931 en la II República. De su libro Un haz de naciones: El Estado y la plurinacionalidad en España (1830-2017).
“El PSOE, el primer partido en las Cortes, a pesar de que en su XI Congreso de 1918 aprobó, a iniciativa de los socialistas catalanes y con el apoyo de Besteiro, su apuesta por una confederación republicana de nacionalidades ibéricas, abandonó esta posición hacia un moderado autonomismo defendido por Prieto y Largo Caballero. Se impuso la propia matriz ideológica del PSOE que, más allá de la retórica, nunca había sido federalista, además estaba la preocupación por la pérdida de influencia de la UGT frente a la CNT si los socialistas no mantenían las competencias en políticas laborales y sociales en un Estado Central. Mas, dejando el debate teórico, había otro tema-para nada menor, por mucho que pasara desapercibido-que operó de forma activa tanto durante el debate constitucional, donde la preeminencia de los catedráticos de la Universidad de Madrid fue casi absoluta, como en el debate del Estatut de Cataluña en las Cortes: la necesidad evidente, en el caso de una parte del personal del Estado y de los juristas concentrados en Madrid, de mantener el poder último, es decir, la soberanía, en el Estado central. Tal como afirmó Castelao, que vivió de cerca los debates: «Los juristas-vigilados por las estatuas de los Reyes Católicos-repitieron en el primer Parlamento de la II República los mismos conceptos que un día lejano emitió, allí mismo, Antonio Maura en defensa de la Soberanía. Y los juristas ganaron la batalla». Circunstancia que se reprodujo de nuevo, en el proceso de elaboración de la Constitución de 1978, es decir, como señalan las palabras de Castelao, tal como menciona Solè Tura, ya que la otra vez los juristas del Estado centralizado cobraron un gran protagonismo”. Y ese protagonismo de los juristas del Estado centralizado sigue vigente en el momento actual.
Hagamos unas conclusiones finales. Nuestra democracia está aquejada de muchos males. Uno de los más graves es la judicialización de la política. Wendy Brown en el artículo Ahora todos somos demócratas, habla de desdemocratización en la política actual, y una de las causas es que cada vez más se judicializan asuntos políticos, y que además los jueces emiten sentencias en un lenguaje complejo e incomprensible para la mayoría de los ciudadanos. Si fuera más asequible para le gente común, perderían parte de su prestigio. A su vez, los tribunales han pasado de decir qué es lo que está prohibido a decir lo que ha de hacerse-ahora ejercen de epidemiólogos-; han pasado de ejercer una función limitativa a otra legislativa, usurpando tareas propias de la política democrática. Si vivir sometidos a la primacía del derecho es un pilar importante de la mayor parte de las formas de democracia, el gobierno de los tribunales equivale a una subversión de la democracia.
Estos juicios de Brown son aplicables a la situación política actual en España. Algunos partidos políticos por incapacidad o por razones espurias -como conseguir por las togas lo no alcanzado en las urnas-transfieren a los jueces cuestiones o problemas estrictamente políticos, que deberían resolverse en el ámbito de la política a través del diálogo, la negociación o el voto. Tal recurso a los tribunales por parte de determinados partidos políticos o instituciones es porque tienen indicios muy claros de que la sentencia les será favorable. Por ende, al final una decisión política se toma en función de la sentencia de un juez. O lo que es lo mismo, gobiernan los jueces. Estos deciden el rumbo de la política. Los jueces tienen a su disposición hoy más piezas en este tablero político que el Gobierno. Sus sentencias, dadas a conocer en el momento que consideren oportuno, marcarán la evolución política, incluso, el mantenimiento del Gobierno de coalición. El problema es que los jueces cuando actúan, no están exentos de sospechas de parcialidad, por su dependencia del poder político de turno o del anterior que supo colocar sus peones, y del ambiente general de la sociedad creado a nivel mediático.
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