Intuyo que no estarán muy contentos en Zarzuela

Inicio este artículo, recurriendo a nuestra Constitución.

Título II. De la Corona

Artículo 62. Corresponde al Rey entre otras las siguientes funciones:

a) SANCIONAR Y PROMULGAR LAS LEYES

f) EXPEDIR LOS DECRETOS APROBADOS EN EL CONSEJO DE MINISTROS.

Conviene recurrir a algunos antecedentes históricos, para situarnos en el momento actual. Recurro al Letrado de las Cortes Generales, José Fernando Merino Merchán. En las monarquías decimonónicas, como la de 1876, la sanción regia era un auténtico poder dentro del ámbito de facultades legislativas atribuidas al Rey en competencia con el Parlamento. La sanción era el instrumento de que se valía el Monarca para vetar las leyes aprobadas por las Cámaras; constituía una auténtica potestad discrecional en manos del Soberano cuando no era él quien ejercía la iniciativa legislativa, o cuando habiendo él depositado el proyecto los parlamentarios introducían cambios sustantivos en el mismo.

Nuestra Constitución de 1978 establece una Monarquía parlamentaria, donde el Rey pierde todo poder a presentar propuestas legislativas, y la sanción le es reconocida más que como poder como función complementaria, integrada en un acto complejo donde intervienen diversas voluntades (iniciativa del Gobierno, deliberación, y aprobación del Parlamento) a las que el Soberano no puede oponerse. Así la sanción real es una fórmula certificante de que la Ley ha sido aprobada por el Parlamento.

La sanción pasa a ser una función nominal, vaciada de contenido real, en el sentido de estar desprovista de cualquier atisbo de veto absoluto o meramente suspensivo. La cuestión teórica que ha sido planteada por algunos autores, es la de si el Rey puede negarse a sancionar leyes inconstitucionales o que repugnen sus convicciones. El acto de la sanción es acto debido sin que la discrepancia del Rey con el texto pueda ir más allá de su propia conciencia interna. El Rey está obligado en todo caso a sancionar la ley aprobada por el Parlamento; y deberá hacerlo en el plazo de quince días, promulgándola y ordenando su inmediata publicación, como taxativamente determina el artículo 91 (más adelante a propósito del procedimiento legislativo se tratará con más detalle ese último precepto).

f) EXPEDIR LOS DECRETOS APROBADOS EN EL CONSEJO DE MINISTROS

Esta función del Jefe del Estado opera en el ámbito de la potestad reglamentaria con la misma finalidad y efectos que lo ya dicho para la sanción de las leyes. En todo caso el vocablo «expedir» con el que comienza el apartado f) del artículo 62, deja a las claras que se trata de una «función-deber», sin que le sea dado al Rey cuestionar el estampamiento de su firma so pretexto de vicios o irregularidades en la norma aprobada en Consejo de Ministros. Uno de los rasgos más característicos de la Monarquía parlamentaria es la irresponsabilidad del Jefe del Estado, y esa irresponsabilidad comporta la no oposición del Rey hacia los actos aprobatorios de los sujetos refrendantes, los cuales se hacen responsables de sus actuaciones. Por otra parte, un hipotético enfrentamiento entre el Rey y el Gobierno por una negativa del primero a expedir un Decreto aprobado en Consejo de Ministros, supondría una quiebra en las potestades que la Constitución atribuye al Gobierno en el artículo 97-

Explicado está convenientemente el papel del Rey sobre la sanción de las leyes y la expedición de los decretos del Consejo de Ministros, No sé si la ínclita Isabel Díaz Ayuso «la CONSTITUCIONALISTA» lo ha llegado a entender. Creo que no. ¿Qué sentido tiene emitir tales palabras? «¿Qué va a hacer el rey de España a partir de ahora? ¿Va a firmar esos indultos? ¿Lo van a hacer cómplice de esto?» Obviamente parece que está instando al Rey a incumplir sus obligaciones constitucionales. Insisto, lo dice la CONSTITUCIONALISTA. Hace falta ser analfabeta constitucional o, quizá, que está anclada todavía en las constituciones del siglo XIX. Que esta señora esté al frente de la Comunidad de Madrid es una prueba de la degradación de nuestra política. Y yo a esta señora le daría un consejo. Bájese de ese pedestal. Está tan endiosada, ya que determinados medios- Bertin Osborne la lleva a su programa-, su partido político, y buena parte de la sociedad madrileña le están diciendo todos los días «que grande eres», «eres la mejor», que al final se lo ha llegado a creer. Y por ello, cree estar legitimada para decir cualquier cosa, por estúpida que sea- Madrid es el lugar donde se puede vivir sin encontrarte a tu ex- aunque no sé si las palabras que dice, son propias suyas o se las proporciona en una chuleta el gran Miguel Ángel Rodríguez. La opinión crea sus ídolos a su antojo; ante los mayores desaciertos de sus criaturas no modifica su juicio y los perdona. De verdad, bájese de las nubes. Sabe por qué. Porque, con frecuencia es más fácil llegar a la cumbre que conservarse en ella. A las veces se cae por las mismas causas que produjeron la elevación.

Lo que parece claro que las derechas españolas, no merece la pena distinguirlas, ya que son las mismas, han querido patrimonializar la Monarquía en beneficio propio, rompiendo su neutralidad política. Y con lo que consiguen con ello, en lugar de defenderla es debilitarla.

No es la primera vez. Otro ejemplo de patrimonializar la Monarquía en beneficio propio fue con motivo de la investidura de Pedro Sánchez en enero de 2019. Y tal intento fue cruelmente abortado. Veámoslo.

El 7 de enero Aitor Esteban el portavoz del PNV con el buen decir que le caracteriza argumentó lo siguiente:

“ Por cierto, en este Congreso acerca del rey se han dicho muchas cosas y mucho más desfavorables que las que se pudieron verter antes de ayer, y así debe poder seguir siendo, porque la Jefatura del Estado no es sino una institución más sometida a crítica. Es fácil adivinar que a partir de mañana —no a partir de mañana, ¡ya lo han hecho hoy!—, viendo que la investidura puede salir adelante, Partido Popular, VOX y Ciudadanos comiencen a expandir la idea de que este será un Gobierno ilegítimo, un Gobierno que no responde a los parámetros constitucionales. Antes de ayer —también hoy lo han hecho ustedes— le han hecho un flaco favor al rey y a su neutralidad constitucional. Intuyo que no estarán muy contentos en Zarzuela, porque lo que han hecho con su torpe defensa y sus reproches fue identificar al jefe del Estado con su postura. En definitiva, lo que buscan es confrontar la Jefatura del Estado con la jefatura del Ejecutivo: El rey, salvador de España y que estaría con ustedes y lo que representan, frente al presidente del Gobierno —un Gobierno ilegítimo— que conspira contra las bases del Estado. Y, además, dando la sensación de una suerte de jerarquía del jefe del Estado que jurídicamente no existe. Pero es curioso que si hoy estamos todas y todos votando aquí la candidatura del señor Sánchez es porque el rey lo ha querido así, porque en la ronda de consultas con las fuerzas parlamentarias en Zarzuela ya era conocido el acuerdo entre los señores Sánchez e Iglesias, y para no poner en seguro peligro a España —para no venderla, como dicen ustedes— el rey podría perfectamente haber optado por proponer al señor Casado, al señor Abascal o a la señora Arrimadas, y resulta que ha propuesto al supuesto felón Pedro Sánchez. Según su lógica, ¡que irresponsabilidad la del monarca!”

Vaya repaso que les hizo Aitor Esteban a los Pablo Casado, Cayetana Álvarez de Toledo, Santiago Abascal e Inés Arrimadas. Les ridiculizó en ese intento de patrimonializar la Monarquía. Mientras hablaba Aitor Esteban, yo observaba a los Casado, Cayetana, Abascal e Inés Arrimadas. Sus rostros mostraban una mezcla de ridículo y estupor. Eran todo un poema. Construir todo un discurso contra la investidura de Pedro Sánchez, recurriendo al Rey, y que alguien lo eche por tierra y lo deslegitime en 5 minutos, es como para que pase a los historia del parlamentarismo español. De verdad, las derechas españolas además de perversas son torpes, como lo es Isabel Díaz Ayuso. Y por supuesto, el apuntador.

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