Madrid es España dentro de España

L a Constitución de 1978 organizó el Estado en comunidades autónomas y con importantes competencias. Hace dos décadas se completó el proceso de transferencias y avanzó la descentralización fiscal. De ahí competencias normativas en materias tributarias. Muchas comunidades las han ejercido para subir o bajar impuestos. Sin embargo, la Comunidad de Madrid (CAM) destaca por reducir los impuestos, que gravan la renta y la riqueza de sus contribuyentes.

Resulta muy ilustrativo al respecto el Informe de IvieLAB, Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas, financiado por la Generalitat Valenciana Madrid: capitalidad, economía del conocimiento y competencia fiscal del 2020.

La CAM tiene unos ingresos públicos per cápita reducidos en comparación a la mayoría de las CC. AA., a pesar de las potentes bases fiscales que se derivan de su nivel de renta por habitante y la importante concentración de riqueza allí existente. Podría pensarse que la causa de sus menores ingresos son los escasos recursos que le proporciona el Sistema de Financiación Autonómica, pero no es esa la razón. Madrid consigue del sistema una financiación por habitante ajustada ligeramente superior a la media. La razón es otra. Son las rebajas fiscales en los principales impuestos sobre los que tiene competencias. Principalmente en el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Deja de ingresar más de 4.100 millones de euros anuales, unos 636 euros menos por madrileño. Del ISD (2.663 millones de euros); del IP (996 millones) y del IRPF (504 millones).

Tales rebajas fiscales en la CAM se concentran muy notablemente en los contribuyentes de mayor renta y riqueza. Los contribuyentes con rentas superiores a los 60.000 euros son el 7 % del total, pero se benefician del 42 % de las minoraciones de las cuotas líquidas en el IRPF. Si los beneficiarios delas bonificaciones en el IP y en el de ISD pertenecen fundamentalmente al mismo grupo de los que superan los 60.000 euros de renta, esos contribuyentes concentrarían gran parte de los 4.163 millones de euros de beneficios fiscales de estos tres impuestos, incentivando su cambio de domicilio fiscal. Lo cual es claramente un sistema tributario injusto y no progresivo. ¿Esperanza Aguirre, Ignacio González, Cristina Cifuentes e Isabel Ayuso, tan constitucionalistas, se han leído su artículo 31.1.? Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

La consecuencia de esos bajos ingresos públicos por habitante es un nivel de gasto per cápita bajo en la CAM, un hecho que no tiene las mismas implicaciones para los más beneficiados de las rebajas fiscales y el resto de los contribuyentes. Para los primeros, cuyos ingresos y patrimonios son altos, las consecuencias son menores porque usan poco los servicios públicos sanitarios, educativos o de protección social. Pero para los segundos, que son la mayoría y sí que los utilizan, los beneficios de las rebajas son menores y sufren más las consecuencias de un gasto en servicios públicos más bajo.

En efecto, las rebajas fiscales llevadas a cabo por la CAM en la última década han coincidido en el tiempo con fuertes incrementos en el número de contribuyentes domiciliados en Madrid –cerca de 100.000 desde 2009 a 2018–. Se trata de una cifra elevada, que no tiene por qué asociarse solo a esas minoraciones de impuestos, pues puede deberse al fuerte incremento de los ocupados por otras razones en una etapa en que la región crece con fuerza, atrayendo a muchos residentes en edad de trabajar por las oportunidades que ofrece su economía. Pero es probable que el atractivo de las ventajas fiscales haya reforzado el proceso, favoreciendo la domiciliación fiscal en Madrid de contribuyentes de otras comunidades que, trabajen o no en la capital, pueden decidir residir a efectos fiscales en la misma. Y como se trata mayoritariamente de contribuyentes con bases elevadas, esa salida limita las aportaciones de quienes pueden contribuir a la progresividad en las comunidades de origen. Lo cual es poco solidario. Puedo ser reiterativo, pero es necesaria la pregunta: ¿Los distintos presidentes de la CAM conocen nuestra Constitución? Seguro que sí el artículo 2º, al que recurren continuamente, lo que ya tengo mis dudas, si lo conocen por completo. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

La realidad expuesta es de una claridad meridiana en cuanto a su injusticia e incumplimiento de los principios constitucionales. La armonización fiscal la ha puesto encima de la mesa ERC, a través de Gabriel Rufián. No hay que matar el mensajero para descalificar el mensaje. Que no se nos olvide, es un diputado del Congreso de los Diputados. Y no es nueva esta iniciativa. Recientemente la planteó Ximo Puig, presidente de la Comunidad Valenciana. Y también, Javier Lamban. Además de otros presidentes autonómicos, incluidos algunos del PP. Isabel Ayuso no debería olvidar que Madrid es España dentro de España.

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